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Procedimiento de división de la herencia

El principio general es que ningún coheredero puede ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia (a menos que lo haya prohibido el testador).

El procedimiento de división de la herencia es el acto que pone fin a la indivisión iniciado en la aceptación de la herencia, mediante la adjudicación de bienes y derechos concretos a cada uno de los coherederos de acuerdo a su título testamentario o legal.

¿Quiénes tienen derecho a solicitar la partición de la herencia?

Según establecen los artículos 1052 a 1055, están capacidados para solicitar la partición de la herencia:

  • los herederos
  • los legitimarios: estos son aquellos que tienen interés en la correcta realización de las operaciones de valoración, computación e imputación y en la reducción de donaciones, legados y mejoras.
  • el cónyuge supérstite.
  • los legatarios
  • los cesionarios de un heredero o legataro de parte alícuota.
  • en el caso de menores sujetos a patria potestad, lo harán sus padres
  • en el caso de menores no emancipados sujetos a tutela interviene el tutor en la partición.
  • en el caso de personas con discapacidad, hay que estar a las medidas de apoyo.

Clases de división de herencia

La partición de la herencia depende de quién la haga  puede ser judicial o extrajudicial.

Partición extrajudicial:

cuando la realiza:

  • el mismo testador
  • el contador- partidor
  • el contador- partidor dativo
  • unanimidad entre coherederos
  • árbitro según establece la Ley de Arbitraje.

Partición judicial

Tiene lugar cuando los herederos mayores de edad no se entienden sobre el modo de hacerla y el Juez quien la lleva a cabo según lo establece la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Operaciones de la partición hereditaria

Determinar el activo

Lo primero que se realizará es el inventario; que implica establecer la relación de los bienes que forman el caudal.

El inventario suele estar dividido en bienes muebles e inmuebles, suficientemente individualizados. 

Habrá que tener en cuenta si es necesario  liquidar la sociedad de gananciales.

Una vez tenemos el inventario, deberemos realizar  el avalúo, que implica la tasación de los bienes inventariados. 

Deducción del pasivo y fijación del activo neto

Las operaciones previas nos proporcionan el activo bruto, pero será necesario restar las deudas, que incluyen las deudas y obligaciones del causante, los gastos de entierro y de última enfermedad, y los gastos de la administración del caudal, gastos de partición, y las costas.

Formación de lotes y adjudicación

Por regla general la formación de lotes , están obligados a respetar el artículo 1061 CC «En la partición de la herencia se ha de guardar la posible igualdad, haciendo lotes o adjudicando a cada uno de los coherederos cosas de la misma naturaleza, calidad o especie.» 

Si la formación la realiza el propio testador o los herederos mayores de edad no están obligados a cumplir con este artículo.

Cuando una cosa sea indivisible, puede adjudicarse a uno de los herederos, y este estará obligado a abonar a los otros el exceso en dinero. Ahora bien, es posible que cualquiera de los herederos pida la subasta del bien para que se realice.

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